22 de noviembre de 2008
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Nombrar a Cáritas como heredera o realizar un legado a su favor, es una generosa forma de ayudar a los demás. Las herencias y legados que Cáritas recibe son escrupulosamente aplicados según los deseos del testador. Para ello, sólo es necesario nombrar a Cáritas Diocesana de Madrid en el momento de hacer su testamento.

Igualmente, es posible hacer donaciones de bienes y derechos como inmuebles, obras de arte, joyas o cualquier otro bien o derecho susceptible de ser convertido en dinero o ser destinado directamente a los fines propios de Cáritas. Estas donaciones también son deducibles fiscalmente por el donante.

Si deseas informarte sobre cualquier aspecto relacionado con esta forma de colaborar, puedes dirigirte a la Asesoría Jurídica de Cáritas Madrid en el 91 548 95 80, o mediante correo electrónico a
cristina.soler@caritasmadrid.org